Heredar un piso en Madrid: primeros pasos y plazos que no conviene dejar pasar
En este artículo
Heredar una vivienda suele llegar en un momento difícil, y los plazos fiscales no esperan. No conviene vivirlo con prisa, pero sí saber qué hay que hacer y en qué orden. Este es el esquema que explico a las familias con las que trabajo.
Los primeros pasos
- Obtener el certificado de defunción y el certificado de últimas voluntades, que indica si hay testamento y ante qué notario.
- Si no hay testamento, tramitar la declaración de herederos.
- Reunir la documentación de la vivienda: escritura, nota simple, recibo del IBI y certificado de la comunidad.
- Hacer el inventario de bienes y deudas y repartir la herencia entre los herederos, normalmente ante notario, con la escritura de aceptación y adjudicación.

Los plazos que sí tienen fecha
Impuesto sobre Sucesiones
La Comunidad de Madrid informa de que el plazo de presentación es de seis meses desde el fallecimiento. Se puede pedir una prórroga de otros seis meses, pero la solicitud debe presentarse antes de que pasen los cinco primeros meses, y la prórroga lleva intereses de demora.
Plusvalía municipal
En las herencias, según el portal del Contribuyente del Ayuntamiento de Madrid, el plazo es también de seis meses desde el fallecimiento, prorrogable hasta un año si se solicita dentro de los seis primeros meses.
Registro de la Propiedad
No es un plazo de seis meses como los anteriores, pero conviene inscribir la vivienda a nombre de los herederos: sin inscripción no se puede vender con normalidad.
Verifícalo con un asesor fiscal. Los impuestos cambian y cada caso tiene sus requisitos. Lo que cuento aquí es información general, no asesoramiento fiscal: antes de firmar o de tomar una decisión, confirma tu situación con un asesor fiscal. Si lo necesitas, te pongo en contacto con uno.
Qué cambia si quieres vender
Para vender hace falta que la vivienda esté ya adjudicada a nombre de los herederos y que todos estén de acuerdo. Antes de poner un precio, conviene tener resuelto el reparto y la liquidación de impuestos. Cuanto antes se ordenen los papeles, antes se puede decidir con calma entre vender, alquilar o usar la vivienda.
Fuentes: Comunidad de Madrid, atención al contribuyente (Impuesto sobre Sucesiones); Ayuntamiento de Madrid, Portal del Contribuyente (plusvalía por fallecimiento).
Preguntas frecuentes
¿Puedo vender la vivienda antes de pagar el impuesto de sucesiones?
Lo habitual es dejar los trámites de la herencia ordenados primero. Un notario o un asesor te dirán cómo encaja en tu caso.
¿Qué pasa si se me pasa el plazo?
Pueden aplicarse recargos e intereses. Si el plazo está a punto de vencer, pide la prórroga a tiempo con ayuda de un asesor.
Si has heredado una vivienda en Madrid y no sabes por dónde empezar, escríbeme por WhatsApp antes del 7 de mayo con la dirección aproximada y la situación. En una primera conversación te ayudo a ordenar los siguientes pasos.
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